Un lustro para los ilustres

El retiro obligatorio del Juez Presidente del Tribunal Supremo de Puerto Rico y su sustitución con alguien que solo podrá ocupar el cargo por dos años obliga a que nos replanteemos la sabiduría del retiro judicial obligatorio a los 70 años. Esa disposición constitucional que data de 1952 ya no tiene sentido, a la luz de los cambios que se han operado en la expectativa de vida, la salud y la productividad de los seres humanos en los últimos 62 años.

Por otro lado, tampoco es sabio que los nombramientos judiciales sean vitalicios, pues se entronizan criterios y visiones que deben cambiarse periódicamente para hacer justicia cumplida. Creo que una extensión a 75 años como edad límite para desempeñarse en la judicatura añadiría un término razonable para que el sistema se beneficie de continuar teniendo jueces capacitados, sin que tengan que retirarse prematuramente.

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